El Supremo determina que los autónomos pueden deducirse los gastos de comidas con clientes o proveedores

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que los gastos por relaciones públicas con clientes y proveedores, así como los promocionales y los regalos a clientes o al propio personal del negocio, son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades.

El Economista | Dirección, Finanzas | Administración Pública, Gestión de Empresas |

Leer noticia completa en el medio original
Spanish