La empresa debe avisar que no regalará más lotería por escrito o no caducará el plazo de reclamación de los trabajadores

Si la empresa retira unilateralmente una prestación concedida voluntariamente a los trabajadores, como es una participación de la lotería de Navidad, sin comunicarla expresa y fehaciente por escrito, no caduca el derecho de los empleados a reclamarla ante los tribunales, según establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 23 de mayo de 2023.

El Economista | Legal | Gestión de Empresas |

Leer noticia completa en el medio original
Spanish