Hacienda grava los inmuebles en el extranjero de no residentes que tengan vivienda en España a través de sociedades

Hacienda aprovecha la ambigüedad con la que modificó el pasado diciembre el Impuesto de Patrimonio para gravar a los no residentes que tengan inmuebles en España a través de sociedad extranjeras y matiza ahora que estos inversores tendrán que pagar el tributo no solo por los activos que tienen en nuestro país, sino también por el resto de activos inmobiliarios que conformen la sociedad. Eso sí, solo pagarán el impuesto aquellas sociedades que tengan el 50% de sus activos o más en España.

El Economista | Legal | Administración Pública, Gestión de Empresas |

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