El Gobierno crea una nueva categoría funcionarial: Directivo Público Profesional

El anteproyecto de ley de la Función Pública delimita las funciones entre funcionarios de carrera y personal laboral. Sigue el criterio que fijado por la Sentencia 99/1987, de 11 de junio, del Tribunal Constitucional, sobre el principio general de reserva al personal funcionario de carrera de los puestos de trabajo, complementada por la sentencia 37/2002, de 14 de febrero.

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