Los empleos estacionales solo se podrán cubrir por contratos de fijo-discontinuo, nunca por temporales
La última propuesta presentada por el Ministerio de Trabajo a los agentes sociales sobre la reforma laboral establece que ningún empleo de carácter estacional se podrá cubrir con un contrato temporal. Así, propone modificar el artículo 15 del ET (duración del contrato de trabajo) que todos los contratados deben ser por tiempo indefinido y solo podrá celebrarse un contrato de duración determinadas por razones de carácter productivo y organizativo.
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