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Tasa de inflamables: la SCJ determinó que es inconstitucional que la Intendencia de Montevideo la cobre, tras recurso de Ancap

El recurso había sido presentado a fines de 2021 por Ducsa, cuyas acciones mayoritarias corresponden a Ancap, que alegaba que por ese concepto debía destinar US$ 12 millones al año
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13 de junio de 2023 a las 20:44

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) determinó que la tasa que cobra la Intendencia de Montevideo a Ancap por la circulación de combustibles por la capital es inconstitucional

Así lo señala el fallo de la SCJ al que accedió El Observador y que establece: "Acógese la demanda de inconstitucionalidad promovida por vía de acción y, en su mérito, declárase inconstitucional y, por ende, inaplicable a la actora la norma cuestionada, con los efectos temporales desde la configuración de la lesión jurídica". 

La decisión, unánime en la votación pero discorde en la fundamentación, tiene fecha del 8 de junio.

El caso

El Directorio de Ancap encomendó a Ducsa (la principal repartidora de la petrolera estatal) a presentar un recurso de inconstitucionalidad a fines de 2021 al entender que la tasa que cobra la intendencia –conocida como tasa de inflamables– operaba como un impuesto.

"El gobierno departamental no ostenta la potestad para su creación de conformidad con el art. 297 de la Constitución de la República", señalaron los demandantes en el recurso presentado. Esto quiere decir que los gobiernos departamentales tienen la potestad de aplicar tasas pero no crear impuestos. 

La intendencia entendía que la tasa que cobraba por la circulación de inflamables por el departamento era eso: una tasa. 

Tal como informó El Observador en noviembre del año pasado, la intendencia cobra todos los meses a Ancap una tasa que es proporcional a la cantidad de litros de combustible que los camiones de las distribuidoras transportan por las calles de la capital. 

Esa tasa implica, en el precio del gasoil, 22 centésimos por litro y en el caso de la nafta súper son 26 centésimos por litro. 

"Argüimos que esto no es una tasa, y por tanto es un impuesto que no tiene sustento constitucional", había explicado a El Observador el abogado y exprosecretario de la Presidencia, Leonardo Costa, cuyo estudio Brum Costa representó a Ducsa. El eje central de la arremetida jurídica consiste en que no hay una "contraprestación" en servicios por el importe cobrado, en tanto para esa tasa debería corresponder de parte de la IM un control mensual de "las condiciones de seguridad y de circulación" de los vehículos que trasladan productos inflamables. 

Ancap planteó entonces que se trataba de "una carga que lleva sobre la mochila" y que son US$ 12 millones que se pagan por ese concepto cada año, según afirmó su vicepresidente Diego Durand. 

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