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Investigación

Reficar: detalles del fallo que ratifica billonaria sanción a responsables

El fallo toma en cuenta el daño fiscal por los controles de cambio 2 y 3 que se hicieron al proyecto.

El fallo toma en cuenta el daño fiscal por los controles de cambio 2 y 3 que se hicieron al proyecto.

Foto:Cortesía Reficar

Contraloría confirmó en segunda instancia responsabilidad fiscal por 2.9 billones de 12 personas.

Luego de que en abril pasado la Contraloría profirió un fallo de responsabilidad fiscal por más de 2,9 billones de pesos contra varios exfuncionarios de la Refinería de Cartagena (Reficar), el órgano de control confirmó, en segunda instancia, la sanción contra dos expresidentes, tres exvicepresidentes, siete miembros de la junta directiva y cuatro multinacionales contratistas por las mayores inversiones que generaron una pérdida de recursos públicos.
Para la Contraloría, con sus acciones y omisiones como junta directiva, administración, contratistas y supervisor del proyecto, contribuyeron a la billonaria pérdida de recursos, que es el mayor detrimento patrimonial del Estado en toda su historia.
Tras la confirmación del fallo, deberán pagar la cuantiosa suma que cuantificó la Contraloría como daño fiscal por los controles de cambio 2 y 3 que se hicieron al proyecto de modernización de la refinería en 2012 y 2013.
Estos controles de cambio aumentaron el presupuesto y, según la Contraloría, generaron mayores inversiones que no le agregaron valor al proyecto, así como en gastos que no tenían nada que ver con este, baja productividad de la mano de obra y demoras en el proyecto.
El fallo de primera instancia se había proferido el 26 de abril de 2021, pero los procesados apelaron la decisión que ahora quedó en firme en un fallo de 2.161 páginas conocido en primicia por EL TIEMPO, tomado por la sala de decisión de la sala fiscal y sancionatoria de la Contraloría.
La nueva Refinería de Cartagena se presupuestó en 3.777 millones de dólares y terminó costando más de 8.000 millones.

La nueva Refinería de Cartagena se presupuestó en 3.777 millones de dólares y terminó costando más de 8.000 millones.

Foto:Mauricio Dueñas / EFE - Archivo / EL TIEMPO

En primer lugar, frente a las tres solicitudes de nulidad presentadas por un exmiembro de la junta directiva, dos de los contratistas y dos aseguradoras, quienes alegaban una violación de su derecho a la defensa y al debido proceso, la Sala recordó que las solicitudes de nulidad solo pueden ser solicitadas antes de proferirse el fallo.
Frente a las apelaciones que de forma individual presentaron los 12 exfuncionarios y exdirectivos de la Refinería, la Contraloría no acogió los argumentos de ninguno al encontrar que no se desestimaron las pruebas de las que se concluye que existe la certeza del daño al patrimonio público.
Sobre los exvicepresidentes Carlos Eduardo Bustillo Lacayo, Andrés Virgilio Riera Burelli, Magda Nancy Manosalva Cely, el expresidente Reyes Reinoso Yanes y los exmiembros de la junta directiva Pedro Alfonso Rosales y Javier Genaro Gutiérrez Pemberthy (expresidente de Ecopetrol), el órgano de control detalló que se probó el nexo entre su comportamiento y el daño al erario por la aprobación de las adiciones de recursos “en exceso” en los controles de cambio 2 y 3.
Tampoco se acogieron los argumentos del expresidente de Reficar Orlando José Cabrales Martínez y los exintegrantes de la junta Diana Constanza Calixto Hernández, Hernando José Gómez Restrepo y Henry Medina González por sus decisiones de adición presupuestal en el control de cambio 2, lo que produjo daños al patrimonio del Estado.
Del mismo modo se negó la apelación de los exmiembros de la junta Uriel Salazar Duque y Natalia Gutiérrez Jaramillo por sus decisiones sobre el manejo de los recursos públicos que conllevaron a la pérdida de valor de las mayores inversiones en la ampliación y modernización de Reficar en el control de cambio 3.
De otro lado, al estudiar las apelaciones de los contratistas, el órgano de control determinó frente a Chicago Bridge & Iron Company UK Limited y CBI Colombia S.A. que tuvieron “grave negligencia” frente a sus funciones de coordinación, estimación presupuestal y de afectaciones en el cronograma y costos, logística, organización del personal y del esquema de subcontratistas; además de defectos sistemáticos en los diseños y en la ingeniería básica y detallada, retrasos y demoras.
Con todo esto, para el órgano de control, estos contratistas contribuyeron “de manera determinante a una gestión fiscal antieconómica, ineficiente, inoportuna e ineficaz de las inversiones que ocasionó el menoscabo o pérdida de valor de dichas inversiones”, y por ello confirmó su responsabilidad fiscal.
Sobre la apelación de Foster Wheeler USA Corporation y Process Consultants Inc., la Contraloría destacó que estas asumieron la gerencia del proyecto y si bien no eran un órgano decisorio, al estar al frente de las unidades de proceso, debían integralmente ser responsables de la supervisión del contrato para lograr una ejecución exitosa en términos de calidad, tiempo, presupuesto y seguridad industrial. Pero para el órgano de control, esa gerencia real, “materializada en los verdaderos controles sobre el proyecto”, no se dio, y por ello no se accedió a su apelación.

Absolución por otro evento

En el fallo de segunda instancia también se revisó, en grado de consulta, el fallo sin responsabilidad fiscal que se profirió dentro de la misma decisión contra varias personas por el control de cambio 4, por un valor de 645.990 millones de pesos.
La cifra es de seis veces el daño fiscal de Saludcoop, el más grande del país hasta ahora, que fue de $1.4 billones de pesos.

La cifra es de seis veces el daño fiscal de Saludcoop, el más grande del país hasta ahora, que fue de $1.4 billones de pesos.

Foto:Foto de Yomaira Grandett / EL TIEMPO

En ese sentido, se mantuvo la absolución por este hecho a favor de los exmiembros de la junta directiva Astrid Martínez Ortiz, Carlos Gustavo Arrieta, Javier Genaro Gutiérrez Pemberthy, Pedro Alfonso Rosales Navarro, Uriel Salazar Duque, y del expresidente de Reficar Reyes Reinoso Yanes. También en favor del director del proyecto de expansión de Ecopetrol, Andrés Virgilio Riera Burelli, y de los cuatro contratistas.
En este caso, la segunda instancia indicó que las causas que originaron el daño patrimonial al Estado, que a su vez generaron el control de cambios 4, tuvieron que ver con un cese laboral que impidió el curso normal de las actividades de Reficar durante 14 semanas, lo que escapa a las previsiones normales. “Existieron impactos negativos en el desarrollo del proyecto, pero estos no fueron producidos per se por el actuar de las directivas de Reficar, Ecopetrol o los contratistas”, se lee en el documento.
Así mismo, se confirmó el fallo sin responsabilidad fiscal en favor de CB&I Américas considerando que esta compañía no fue parte del contrato ni contribuyó en la causación del daño, pues no existió por parte de esta gestión fiscal alguna, a diferencia de los otros contratistas.
También se confirmó el fallo sin responsabilidad fiscal para César Luis Barco García, entonces director corporativo de proyectos de Ecopetrol, quien era miembro suplente en la junta directiva.
Según el expediente, en las sesiones donde se aprobaron los controles de cambio 2 y 3, que generaron daños fiscales, asistió el miembro de la junta principal, por lo que Barco estuvo citado como suplente sin derecho a voto y por tanto no fue quien tomó la decisión de aprobar las adiciones.
Con la confirmación en segunda instancia, ya no quedan recursos que imponer contra la decisión. De hecho, ni siquiera habrá que esperar  a que el Consejo de Estado ejerza el control automático e integral de legalidad, con lo que el fallo queda completamente en firme.

Defensa de los sancionados demandará decisión

Con la decisión de la Contraloría contra los 12 exfuncionarios y exdirectivos de Reficar se agotaron los recursos para revertir sus efectos. Sin embargo, el abogado Uriel Amaya, defensor de algunos de los sancionados, dijo a EL TIEMPO que están preparando una demanda del fallo ante la jurisdicción contencioso administrativa.
“El recurso no solo pretende que se declare nulo el fallo por ilegal, sino también que se declaren los perjuicios económicos, el daño moral y reputacional de la decisión sobre las personas que vincula”, aseguró Amaya.
Según contó, la defensa tiene varios argumentos para demostrar la ilegalidad del fallo, desde la metodología usada por la Contraloría, pasando por las decisiones tomadas por el órganos de control respecto de los dictámenes técnicos, la forma en que vinculó a contratistas y funcionarios de Reficar e, incluso, el rol que las compañías de seguros han jugado dentro del proceso.
“Estamos haciendo un análisis de la decisión para, eventualmente, denunciar penalmente a funcionarios de Contraloría por prevaricato”, aseguró el abogado defensor.
Amaya recordó que actualmente hay otro proceso en marcha por este caso , en el que Reficar demandó al contratista ante un tribunal de arbitramento en Estados Unidos, y aseguró que podría verse afectado por las decisiones que ha emitido la Contraloría este año.
De ese proceso, sin embargo, no se conocerán decisiones en el corto plazo.
justicia@eltiempo.com
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